Jubilación para Guardavidas del Estado de la Provincia de Buenos Aires
Publicada: 20/04/2011 -- visitas: 5106
En el año 2003 se logró modificar la ley Jubilatoria 9650/80 de la Pcia. de Buenos Aires mediante la Ley 13.191 y sus modificatorias, por la cual los agentes que desempeñen tareas de guardavidas en relación de dependencia con el Estado Provincial, sus Municipios y los Concesionados por éstos podrán acceder al beneficio jubilatorio otorgado por Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires ( IPS )
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