Ley 10.217/84 - HABILITACIÓN, CONTRALOR Y FISCALIZACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS NATATORIOS EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Publicada: 27/12/2010 -- visitas: 13080

Delégase en las Municipalidades de la Provincia la habilitación, contralor y fiscalización del funcionamiento de los natatorios y piletas de natación de carácter público, semipúblico y comerciales que se encuentran situados en el ámbito de jurisdicción de las respectivas Comunas

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